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Si su empresa no cumple con requisitos de factura electrónica tendrá sanción

Recientemente inició la segunda fase de la implementación de la factura electrónica en Colombia, la cual tuvo como gran cambio la validación previa de los documentos por parte de la de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). Así mismo, próximamente iniciarán las sanciones para aquellas empresas que dentro del calendario de obligatoriedad no la implementen o incurran en fallas.

 

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Ismary Lara, gerente General de Stupendo Colombia, destacó que “esta implementación incrementa la eficiencia de las empresas, ya que les genera ahorros en costos, facilidad a acceso a fuentes de financiación y optimización de procesos. Quienes aún no están convencidos de implementarla, deben poner la lupa sobre las sanciones que establece la Dian, las cuales pueden terminar en una multa de hasta 15.000 UVT, es decir un monto cercano a los 514 millones de pesos”.  

En el Estatuto Tributario se contemplan las sanciones que regirán, es decir que, si no se cumple con las validaciones la factura electrónica no podrá ser utilizada como costo, deducción o descontable. El Estatuto específica las siguientes sanciones:

“Algo que vale la pena recordar es que en los casos donde la Dian manifieste la indisponibilidad del servicio, las facturas deben ser enviadas a los compradores sin validación. Eso sí, al reestablecerse el servicio, la obligación del facturador es -dentro de las 48 horas siguientes- hacer llegar los documentos para la autorización”, agregó la gerente general de Stupendo.

Resulta relevante destacar que según la Resolucion 020 del 26 de marzo de 2019, se fijó el calendario de implementación de la factura electrónica; allí se informa que quienes deseen iniciar el proceso de facturador electrónico de forma anticipada, deberán registrarse en el portal disponible de la autoridad tributaria. Esa opción debería ser aprovechada, ya que, si se usa ese tiempo a favor, se pueden evitar contratiempos que signifiquen la aplicación de las multas anteriormente mencionadas.

Para concluir, Ismary Lara detalló: “En esta etapa de validación previa, si el documento no es aprobado por la Dian, se tendrán que corregir los errores informados, luego firmar electrónicamente y enviar de nuevo, eso sí, con el mismo número de factura. La autoridad tributaria ha definido que el número de consecutivo de factura no será consumido para el evento de rechazo”.

FUENTE: Diario del Cauca

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