La Corte Suprema de Justicia le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) diseñar cartillas pedagógicas dirigidas a niños, niñas y adolescentes para prevenir el maltrato infantil. Los documentos tienen el objetivo de que los menores conozcan sus derechos y su condición de sujetos de especial protección para que, en caso de ser víctimas de abuso, puedan denunciar por los canales correspondientes.
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Según la decisión judicial, las cartillas deben ser concebidas “con miras a reforzar su autoestima y asertividad, a partir del reconocimiento de sus derechos y del afianzamiento de que cuenten con el respaldo institucional para el restablecimiento de sus prerrogativas; de manera que puedan reaccionar de manera oportuna ante posibles situaciones de maltrato infantil, haciendo uso de los canales habilitados para su denuncia”. Para su elaboración, además, se deberán tener en cuenta las recomendaciones para la eliminación de la violencia contra niños y niñas que han hecho UNICEF y la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El alto tribunal dio esta orden tras revisar una tutela que involucraba a tres menores que fueron abusados y maltratados por su padre. Un cuarto hermano, mayor de edad, quien también había sufrido el maltrato de su papá, intentó adoptar a los pequeños una vez el ICBF intervino en la situación y se llevó a los niños para su custodia. Sin embargo, el joven llegó treinta minutos tarde a la citación judicial en la que se decidiría si podría adoptar a sus hermanos y no se le permitió el ingreso.
Sucedido esto, sus hermanos menores quedaron en situación de adoptabilidad, pero no bajo su cargo y el joven alega que no tuvo ningún recurso para volver a ser escuchado. Finalmente, interpuso una tutela contra el juzgado que le dio el visto bueno a todo el proceso por considerar que esa determinación contenía «consideraciones falsas» y carecía de fundamento, lo cual, supuestamente, iba en contra de sus derechos y los de sus hermanos, que como menores de edad, deben prevalecer.
Pero el Tribunal de Bogotá, al revisar el caso, no encontró que hubiera derechos fundamentales vulnerados y negó la tutela. El hermano, entonces, apeló y el expediente llegó a la Sala Civil de la Corte Suprema donde le correspondió al despacho del magistrado Luis Armando Tolosa.
Allí, el alto tribunal encontró que, en el proceso no se vulneraron los derechos de ninguno de los hermanos, ni siquiera del mayor que no pudo entrar a la audiencia. La Corte, sobre la decisión del juzgado de familia que declaró la adoptabilidad de los hermanos, dijo: «Nada arbitrario se observa en ella, pues para ratificar la decisión administrativa objeto de controversia, tuvo en cuenta el precedente constitucional aplicable a la materia, ponderó las actividades desplegadas por las autoridades desde el inicio del proceso y sopesó las pruebas adosadas».
Ahora bien, para la Corte era importante señalar que no se trata de un caso aislado, pues los niños son abusados y maltratados en el país a diario. Por ende, el alto tribunal consideró necesario ordenar una medida de prevención más para que este tipo de casos sean menos recurrentes en Colombia, de conformidad con los compromisos internacionales que ha adquirido el país en respeto de los derechos de los niños.
FUENTE: El Espertador