Congreso aprobó ‘mico’ que prohibiría alquileres y hospedajes como Airbnb en Colombia

Escrito por el 20 junio, 2021

El representante a la Cámara del Partido Verde, Mauricio Toro, denunció este sábado que fue aprobado en el Congreso de Colombia un artículo en la Ley de Propiedad Horizontal que prohibiría el hospedaje y alquiler de residencias en el país como los promocionados en la plataforma digital Airbnb.

 

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Durante una sesión en la Cámara de Representantes que se encuentra adelantando la votación de varios proyectos de Ley debido a que mañana se acaba el periodo de legislatura, fue aprobado lo que el parlamentario de oposición denominó un “orangután”.

“La Cámara de Representantes de Colombia aprobó un orangután en Ley de propiedad horizontal, que permitirá prohibir alquileres y hospedajes tipo Airbnb. Se están violando los derechos a la propiedad privada de miles de ciudadanos. El poder de los grandes hoteleros se hizo sentir hoy en el Congreso”, aseveró el congresista Mauricio Toro.

En ese sentido, señaló que con este artículo se está violando la propiedad privada, y el derecho que tienen los ciudadanos de alquilar sus casas, con sus recursos y patrimonio, con la intención de generar unos ingresos, en una medida que ya había sido reglamentada en la Ley de Turismo.

“Con este artículo están prohibiendo una actividad que ustedes mismos reglamentaron. Yo tengo el derecho de tener mi propiedad privada y de alquilarla porque la Ley me lo permite. Yo no tengo por qué someter mi derecho, a usufructuar mi propiedad que paga impuestos a un grupo ajeno que determine si lo puedo hacer o no”, aseguró el representante durante la sesión en el Congreso.

A su vez, indicó que este artículo parecía redactado por la Asociación Hotelera y Turística de Colombia (Cotelco), la cual acusó de ser la que se ha opuesto a la permanencia de estas plataformas de alquiler de corta duración y que ha contratado lobistas con la intención de meter artículos que los beneficien.

Acá parece que estuvieran defendiendo los derechos de la ‘gente de bien’, la expresión que se puso tan de moda en estas protestas. El derecho de la gente de estrato seis y de apartamentos de miles de millones”, concluyó el representante.

BOGOTÁ, 14 de septiembre de 2020.- Gampling es una de las nuevas alternativas de turismo en tiempos de distanciamiento social. (Colprensa).BOGOTÁ, 14 de septiembre de 2020.- Gampling es una de las nuevas alternativas de turismo en tiempos de distanciamiento social. (Colprensa).

Esto es lo que contempla la Ley de Turismo para plataformas como Airbnb en Colombia

El pasado jueves 31 de diciembre de 2020, el presidente Iván Duque Márquez sancionó la recién aprobada Ley de Turismo, la cual es considerada por el Gobierno como una herramienta para la reactivación económica, de un sector que resultó fuertemente afectado por las restricciones impuestas por la pandemia de Covid-19.

La nueva Ley, incluye algunos puntos sobre nuevos aspectos legales que ahora deben cumplir los operadores de la plataformas digitales que prestan servicios turísticos en Colombia, como Booking o Airbnb.

“En el tema de plataformas, la ley sancionada equilibra la cancha con unas reglas de juego claras para todos, donde no existan vacíos legales que privilegien a unos prestadores sobre otros”, aseguró el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en su portal web.

Así entonces, el departamento gubernamental señaló que con esta ley, las plataformas, al igual que otros prestadores de servicios turísticos, “deberán contar con el Registro Nacional de Turismo (RNT) y quienes anuncien sus servicios a través de ellas deberán contar también con este requisito, es decir, tener el RNT. Este registro es gratuito y en línea”.

A su vez, las plataformas deberán, según se lee en el artículo 38 de la Ley de Turismo, “habilitar los campos necesarios para que el prestador de servicios turísticos que utilice la plataforma, informe los servicios ofrecidos y las condiciones, así como las políticas de confirmación y cancelación”.

El documento esclarece que dicha información “podrá ser consultada por quien haya comprado un producto con el fin de presentar una queja o reclamo y deberá ser suministrada a la autoridad competente cuando esta lo solicite”.

Nota de: Infobae.com

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